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David Giménez Belío
Descubre de la mano de un Abogado especilista en desahucio por falta de pago en Zaragoza qué tienes que hacer para echar al inquilino que no te paga y reclamar lo que te debe. Sigue leyendo porque aquí te lo explico todo.
¿Cómo puedes echar a un inquilino que no te paga el alquiler?
Con el juicio verbal de desahucio por falta de pago. Un procedimiento judicial específico y más rápido que otros procedimientos para resolver este tipo de problemas.
El procedimiento de desahucio por falta de pago te permite desahuciar al inquilino (echarlo) y reclamar todo el dinero que te deba por rentas (las mensualidades de alquiler), suministros (electricidad, agua, calefacción, etc), gastos de comunidad, IBI o cualquier otro gasto que hayais acordado en el contrato.
¿Qué necesitas para poder poner una demanda de desahucio por falta de pago?
Lo primero que tienes que hacer es contactar con un abogado especialista en desahucios en Zaragoza que te asesorará sobre el mejor procedimiento a seguir, te explicará cuales son los trámites que hay que hacer y te dirá los documentos que son necesarios.
Será absolutamente necesario (tan necesario que sin él no se admitirá a trámite la demanda) haber acudido a un Mecanismo Adecuado de Solución de Controversias (MASC). Te preguntarás que es esto tan raro ¿no?. Pues que antes de poner la demanda de desahucio en el Juzgado tienes que haber intentado intentado llegar a un acuerdo para resolver el problema. Si no lo has conseguido es cuando puedes ir al juzgado, no antes.
La ley prevé varios mecanismos:
- la negociación directa (por supuesto documentada por escrito),
- la mediación,
- la conciliación judicial o privada,
- el derecho colaborativo,
- el informe de experto independiente,
- y la oferta vinculante confidencial.
Tu abogado especialista en desahucios en Zaragoza te asesorará sobre el medio más adecuado en tu caso. A mi personalmente, para los problemas de impago de alquiler, el que más me gusta es la oferta vinculante confidencial (en otro articulo te lo explicaré con más detalle).
Y por último será necesario para iniciar el desahucio que reúnas ciertos documentos:
- titulo de propiedad de la vivienda,
- contrato de arrendamiento,
- recibos impagados, facturas de los suministros (si los pagas tu y luego los repercutes al inquilino)…
- un certificado del Registro de la Propiedad en el que consten las viviendas de uso residencial de las que eres propietario o usufructuario,
- y un certificado del Catastro en el que consten los metros cuadrados de esas viviendas.
¿Cómo se tramita el juicio verbal de desahucio por falta de pago?
El proceso de desahucio por falta de pago se inicia cuando tu abogado especialista en desahucios presenta la demanda de desahucio con todos los documentos anteriores. El juzgado la admitirá a trámite y dictará un Decreto en el que se requerirá al demandado para que en el plazo de 10 días haga alguna de estas cosas:
- Desaloje el inmueble,
- Pague la totalidad de lo que deba,
- Se oponga a la demanda explicando las razones por las que considera que no debe la cantidad que se le reclama.
- No haga nada.
En ese requerimiento que el juzgado hará al inquilino moroso, ya constará el día y la hora en el que se celebrará el juicio. También fijará el día y la hora en el que se practicará lanzamiento (el desalojo forzoso). Y para que el inquilino no pueda entorpecer el proceso, desde este momento ya no se le harán por parte del juzgado más notificaciones.
Pero vamos caso por caso…
¿Qué pasa si el demandado desaloja la vivienda alquilada, pero no paga?
Si el demandado desaloja el inmueble voluntariamente en el plazo de los 10 días que se le conceden, pero no paga (no es por desanimar, pero yo no lo he visto nunca), se dictará una resolución judicial dando por terminado el juicio de desahucio. En este caso el propietario demandante puede solicitar directamente la ejecución forzosa para, mediante diferentes embargos, conseguir cobrar las cantidades que se le deben.
¿Qué pasa si el demandado no desaloja la vivienda, pero paga todo lo que debe?
Pues que se puede considerar enervada la acción. Dicho en palabras que se entiendan, el inquilino deudor tiene derecho a pagar todo lo que debe para así poder continuar con el alquiler.
Aunque debes saber que hay una forma de evitarlo. Mira. Si estás hasta el gorro de tener que perseguir al inquilino para que pague porque te paga uno y te debe dos, o no paga jamás hasta que lo llamas, puedes enviarle un burofax para impedir que pueda enervar en el procedimiento judicial. Muy sencillo.
Si al menos con 30 días de antelación a la presentación de la demanda de desahucio en el juzgado, has enviado al inquilino moroso un burofax reclamándole el pago de todo lo que debe y avisándole de que si no paga perderá su derecho a enervar, y no hace ni caso, perderá este derecho. Y cuando reciba la demanda de desahucio por falta de pago, podrá pagar o no, pero no tendrá derecho a continuar con el alquiler. O lo que es lo mismo, cuando llegue el momento tendrá que abandonar el inmueble si, o si.
¿Qué ocurre si el demandado se opone a la demanda?
Si el demandado se opone a la demanda de desahucio por falta de pago alegando las razones que tiene para no pagar, se celebrará el juicio en el día y hora señalados en la primera resolución que dictó el juzgado admitiendo a trámite la demanda.
La ley dice que el deudor sólo puede alegar el pago (probándolo con documentos) o las consecuencias de la enervación (si tiene derecho a continuar con el alquiler), pero luego la realidad no es exactamente así, ya los jueces admiten más excepciones…
Sea como sea la oposición a la demanda de desahucio por falta de pago, tras la celebración del juicio se dictará sentencia y se hará cumplir (como cualquier otra sentencia) mediante ejecución forzosa.
Por último, ¿Qué ocurre si el deudor no hace nada?
Esto es lo que ocurre en la mayoría de las ocasiones.
Si el demandado no hace nada (ni desaloja, ni paga, ni se opone) se procederá a su inmediato lanzamiento (desalojo forzoso) en la fecha señalada en la primera resolución sin necesidad de más notificaciones ni trámites. También se abrirá la ejecución forzosa para reclamar las cantidades que se deban hasta el mismo momento del lanzamiento.
Si tu inquilino te debe ya varios meses de alquiler y no terminas de ver la luz, no desesperes. Como ves, existe un juicio específico más rápido que el resto (el juicio verbal de desahucio por falta de pago) para resolver estos problemas.
Y recuerda… Si aún tienes alguna duda o necesitas consultar sobre tu caso en particular, puedes contactar conmigo.
¡Estoy aquí para ayudarte!