Abogado de Reclamación de tarjetas revolving y créditos rápidos en Zaragoza

DERECHO BANCARIO

¿Ahogado por las cuotas de la tarjeta o del crédito rápido que contrataste en internet?

Los créditos rápidos se tienen que devolver en un plazo corto de tiempo y tienen intereses muy altos. Unos intereses tan altos que pueden estar por encima de lo que el Banco de España considera normal. Si contrataste una tarjeta de crédito y a pesar de pagar las cuotas la deuda no baja, seguramente tienes una tarjeta de crédito tipo revolving.

Si tienes contratado alguno de estos productos y estás agobiado porque ya no llegas a pagarlo todo, no te preocupes… Hay solución.

¿Qué puedo hacer por ti cómo Abogado especialista en Derecho Bancario en Zaragoza?

Te ayudo a cancelar el contrato de tarjeta o el crédito rápido y a que recuperes todos los intereses, comisiones y gastos que has tenido que pagar. 

En la primera consulta revisaré tu contrato de tarjeta de crédito o de crédito rápido, y te irás sabiendo si puedes reclamar o no, y qué es lo que puedes reclamar.

 

¿Cómo lo hago? Rápido, fácil y claro. Sin complicaciones

  • Preparas el contrato y los extractos.
  • Me lo remites por el medio que te resulte más cómodo, o conciertas una cita conmigo.
  • Analizo la documentación para verificar que puedes reclamar y detectar posibles problemas.
  • Si la reclamación es viable te hago un cálculo de la cantidad que sale a reclamar.
  • Presento en tu nombre reclamación ante el servicio de atención al cliente de la financiera y si no te da la razón o no te contesta, preparo y tramito la reclamación judicial hasta que consigas que la financiera te devuelva todo lo que te corresponde.

¿Cuánto te cuesta?
La primera consulta y análisis de tu caso es gratis.

La reclamación al servicio de atención al cliente te costará 97 € (impuestos incluidos). Y la reclamación judicial no te costará nada. Si ganamos, mis honorarios los pagará el banco porque lo condenarán a pagar costas procesales. Sin más historias.

Si tu tarjeta revolving tiene un TAE superior al 20%, puedes reclamar la nulidad del contrato y recuperar todo el dinero pagado de más. Desde la sentencia del Tribunal Supremo 149/2020, los tribunales consideran usurarios los intereses que superen significativamente el tipo medio del mercado. En DG Abogados, con más de 15 años de experiencia en derecho bancario en Zaragoza, te ayudamos a recuperar lo que es tuyo.

¿Qué es una tarjeta revolving y por qué puede ser abusiva?

Una tarjeta revolving es un producto financiero que permite aplazar los pagos en cuotas mensuales con intereses. El problema es que muchas de estas tarjetas aplican un TAE del 20% al 30%, muy por encima del tipo medio que publica el Banco de España (en torno al 18-19% TAE). Cuando los intereses superan ese umbral, el contrato puede declararse nulo por usura.

¿Cuánto dinero puedo recuperar con la reclamación?

La cantidad depende del tiempo que hayas tenido la tarjeta y de cuánto hayas pagado en intereses. En nuestro despacho, la media de recuperación por cliente oscila entre 3.000 y 6.000 euros, aunque hay casos que superan los 10.000 euros. Se recupera la diferencia entre lo que has pagado y lo que realmente debías.

¿Cuánto tarda el proceso de reclamación de una tarjeta revolving?

El proceso tiene dos fases. Primero, la reclamación extrajudicial al banco (1-2 meses). Si no hay acuerdo, se presenta demanda judicial. En total, el proceso completo suele durar entre 4 y 10 meses, dependiendo del juzgado y de si el banco decide recurrir.

¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre las tarjetas revolving?

La sentencia del Tribunal Supremo 149/2020 de 4 de marzo estableció que los intereses de las tarjetas revolving pueden ser declarados usurarios cuando superan notablemente el tipo medio del mercado. Desde entonces, la jurisprudencia es clara: si tu tarjeta tiene un TAE abusivo, tienes derecho a reclamar.

¿Qué tarjetas revolving se pueden reclamar?

Se pueden reclamar tarjetas de entidades como Wizink, Carrefour Pass, Cetelem, Cofidis, Caixabank (anteriormente Bankia), Citibank, EVO Finance, entre otras. Lo determinante no es la marca, sino el TAE aplicado en el contrato.