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David Giménez Belío
Seguro de vida e hipoteca. Parece que la una no puede ir sin el otro ¿verdad?.
Si tienes hipoteca sabes de lo que te estoy hablando. En la mayoría de los bancos, para que te concedan un préstamo hipotecario, es obligatorio contratar un seguro de vida. Lo que posiblemente no sabes es por qué te obligan a contratar el seguro, y cuándo es legal y no.
A pesar de lo que podría parecer, el banco no te impone un seguro de vida para vender más. Te lo impone porque así se asegura que cobrará en el caso de que fallezcas. No te lo había dicho aún, pero el beneficiario del seguro de vida es el banco. Esta práctica puede ser absolutamente legal o no serlo. Depende de la actuación del banco.
Algunos tribunales ya han empezado a pronunciarse sobre los seguros de vida vinculados a la hipoteca. Sigue leyendo que te lo explico de forma muy clara.
¿En qué casos es legal la imposición del seguro de vida?
Pues cuando el seguro de vida sirve para bonificar los intereses a pagar por el préstamo hipotecario. Reconocerlo es fácil. Verás:
- El seguro se suele firmar tras la escritura de préstamo hipotecario.
- Se firma por un año de duración.
- Se paga una prima anual.
- Se puede cambiar de compañía de seguros cuando se quiera (en este caso se pierde la bonificación en los intereses de la hipoteca).
Si este es tu caso, no podrás reclamar nada porque no hay desequilibrio. Tú contratas un seguro de vida que te da una prestación (el pago del préstamo en el caso de muerte, invalidez u otras circunstancias) beneficiándote de un pequeño descuento en el precio del préstamo, y el banco se beneficia asegurándose la devolución del préstamo en caso de fallecimiento y cobrando una prima por el seguro de vida.
¿En qué casos no es legal la imposicion del seguro de vida?
Cuando el banco te ha impuesto la contratación de un seguro de vida con prima total financiada.
¿Qué quiere decir esto? Pues que la entidad te presta el importe total de las primas del seguro de vida por el tiempo que vaya a durar el préstamo hipotecario y te cobra esa prima por adelantado.
Con un ejemplo lo entenderás bien: si tu préstamo hipotecario es a 10 años, y la prima anual del seguro de vida es de 1000 euros, el banco te cobra por adelantado la prima de 10 años (10.000 euros) y además te lo financia, esto es, incluye ese importe en el capital que te entrega en concepto de préstamo.
En estos casos el contrato de seguro es nulo por abusivo.
Las razones del carácter abusivo de esta prima única financiada del seguro de vida las explica muy bien la Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 2 de marzo de 2022. Esta forma de proceder del banco no es transparente porque que no informa a su cliente (consumidor) de todas las consecuencias jurídicas y económicas que supone la contratación. Además es abusiva porque causa un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes, ya que el banco obtiene un beneficio sin que su cliente obtenga nada a cambio.
Si este es tu caso, el banco debería haber explicado:
- Que sumar la prima única financiada al capital del préstamo supone encarecer éste (se tienen que pagar intereses por la financiación de la prima del seguro)
- Que esta forma de pago supone en la práctica que no vas a poder cambiar de seguro porque, si lo haces, ni se reducirá la cuota del préstamo hipotecario, ni se devolverá la parte de la prima del seguro ya adelantada.
Por lo tanto, sí podrás reclamar cuando:
- Contrates un seguro de vida en el que pagues por adelantado la totalidad de la prima.
- Y además pagues la prima con financiación del banco. Dicho de otra forma, que el banco te preste dinero para pagar el seguro.
Y vamos a lo que aquí interesa…
En estos casos de seguro de vida con prima única financiada ¿qué se puede reclamar?
La mayoría de las Audiencias Provinciales consideran que los consumidores afectados por esta práctica abusiva pueden reclamar la nulidad del contrato de seguro, y la devolución de la prima única financiada descontando el importe correspondiente al tiempo de cobertura disfrutado hasta la fecha de la presentación de la demanda. Dicho de otra forma, podrás reclamar la devolución del dinero pendiente de “disfrutar” a la fecha de la presentación de la demanda.
Si has pagado por adelantado las primas del seguro de vida por todo el tiempo que dure tu hipoteca, y además lo has pagado con dinero que te ha dejado el banco, tienes contratado un seguro de vida con prima total financiada. Este contrato es nulo y podrás reclamar.
Así que ponte manos a la obra. Busca los papeles de tu hipoteca y de tu seguro de vida, y contacta con un Abogado especialista en reclamación de cláusulas abusivas.
Y recuerda… Si aún tienes alguna duda o necesitas consultar sobre tu caso en particular, puedes contactar conmigo.
¡Estoy aquí para ayudarte!